Por Real Decreto 462/2024, de 30 de abril -publicado el pasado 1 de mayo en el BOE- se concede a la Policía Nacional esta distinción, que fue creada en virtud del Real Decreto 1385/1988, de 18 de noviembre, concebida como “una condecoración nacional de carácter civil que se concede en premio de aquellas personas que hayan realizado actividades relevantes al servicio de la Constitución y de los valores y principios en ella establecidos” -según es definida en el Anexo al Reglamento de la Orden del Mérito Constitucional (aprobado por Orden de 22 de noviembre de 1988).
Esta concesión se enmarca en los actos conmemorativos del ducentésimo aniversario de la creación del Cuerpo, siendo un reconocimiento a “su actividad al servicio de la Constitución y de los valores y principios en ella establecidos, singularmente cumpliendo el mandato constitucional de garantizar la seguridad y el libre ejercicio de los derechos de todos los españoles” -expone el Real Decreto-.
El distintivo de la Orden está constituido por una Medalla y una Placa de Honor. La medalla tiene forma ovalada, elaborada en plata de ley bañada en oro, en cuyo anverso se encuentra el escudo nacional sobre fondo azul y la leyenda «Al Mérito Constitucional», con cordón, ceñidor y nudo en seda roja y gualda. La Placa de Honor se entrega a las personas jurídicas –como ocurre en este caso-.