Publicado el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior (BOE: miércoles 28 de febrero de 2024, Núm. 52).
Con arreglo a la disposición final segunda del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, y en base a la habilitación conferida por el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dicta esta nueva norma que modifica la estructura orgánica del Ministerio del Interior, actualmente regulada por el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, en aras de actualizar y, en algún caso, determinar las funciones atribuidas a los órganos del Departamento, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir –se postula- “la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos”.
Sintetizamos, seguidamente, los cambios que se incorporan en este ministerio.
Explica la norma que, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad, y por lo que respecta al Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), órgano con nivel orgánico de subdirección general dependiente de la persona titular de la Secretaría de Estado, se introducen modificaciones que responden a la “necesidad de aclarar cuestiones terminológicas en materia de destrucción de drogas y de una actualización de las nuevas funciones asumidas”.
Se crea la Jefatura de Innovación Digital en el Mando de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil, que será competente en la planificación estratégica para la implantación, el seguimiento y el control de las actuaciones de transformación digital, así como para apoyar al conjunto de la Dirección General en la toma de decisiones en el entorno de las nuevas tecnologías.
Se efectúan, asimismo, modificaciones puntuales en la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería, derivadas de las deficiencias detectadas tras la reciente evaluación del sistema Schengen de fronteras exteriores, reforzando la capacidad de mando de la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad en materia de gestión de fronteras.
En la Dirección General de Coordinación y Estudios se pormenorizan las funciones de la Oficina de Coordinación y Ciberseguridad (OCC), con objeto de definir mejor su papel de refuerzo, como CERT de policía judicial para apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. De igual forma, se recoge expresamente la existencia del Delegado de Protección de Datos de la Secretaría de Estado de Seguridad, dentro de esta Dirección General.
En la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se operan cambios puntuales que obedecen -aduce la norma- a “razones de clasificación y eficiencia”.
En el ámbito de la Subsecretaría, son varios los cambios que se incorporan:
– La Dirección General de Política Interior, además de las funciones que actualmente ostenta en materia electoral, ejercerá las de carácter transversal atribuidas a las subdirecciones generales encargadas de los servicios comunes y que hasta ahora eran directamente dependientes de la persona titular de la Subsecretaría, a excepción de las de índole presupuestaria, que se mantienen con la actual dependencia en esta última.
– Los cambios que se realizan en las funciones atribuidas a la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo son puntuales y obedecen a razones de claridad, eficiencia y adaptación a las que realmente vienen realizando las dos Subdirecciones Generales que la integran.
– Las funciones relacionadas con la protección internacional, la apatridia y el régimen de las personas desplazadas -hasta ahora ejercidas por la Dirección General de Política Interior – se atribuyen a la nueva Dirección General de Protección Internacional, creada por el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, a la que se adscriben tres subdirecciones generales: la Subdirección General de Relaciones Institucionales e Información de Protección Internacional; la Subdirección General de Asuntos Generales y Jurídicos de Protección Internacional; y la Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia.